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¡Cobranza y publicación gratuita! Solo pagas una comisión si recuperas tu dinero!

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¡Si no recuperas, no pagas!

Comisión (%)

Recuerda que la comisión se debe calcular para cada uno de los documentos impagos y a la comisión se le aplicará el IVA respectivo por nuestro servicio.

Si no recuperas, también ganas


Deuda publicada en el sistema comercial y financiero.

Certificado para realizar el castigo tributario en el SII

100% Gratis.

¿Qué tienes que perder?

Preguntas Frecuentes

Cargas tus documentos impagos, y nosotros damos inicio a la cobranza y la publicación de dicho impago.

Si logras recuperar tu dinero, debes pagar la comisión del servicio. Si no recuperas, no pagas.

La comisión es un porcentaje de cada documento y se calcula en función del monto y antigüedad de este (revisar aquí). Mientras mayor sea el monto de la factura, menor será el porcentaje a pagar en caso de recupero.

*El monto del documento es el valor que tu cliente mantiene sin pagar (puede incluir el IVA (Chile) o IGV (Perú)).

La comisión es calculada por cada uno de los documentos.

No; se debe agregar el IVA (Chile) o IGV (Perú) al % de comisión contra recupero. Puedes descontar esto como crédito, ya que te emitiremos una factura por la comisión pagada.

Validación de la factura en SII, notificación a tu deudor, publicación de la deuda en el sistema financiero y comercial, y en caso de ser necesario, mediar disputas, convenios de pago y recaudación.

El servicio solo incluye una asesoría de cobranza judicial, donde revisamos tu caso y te asesoramos sobre si te conviene o no pasar a esta etapa (más info aquí). En caso de querer continuar con una demanda, te derivamos a nuestro partner especialista ProtegePyme.

El único costo adicional que podría existir es la multa por cargar un documento falso, que no corresponde o que estaba previamente pagado, dicha multa tiene un costo del 2% del monto erróneamente cargado. Publicar a una empresa de forma errónea es un asunto muy delicado, por lo que es importante validar los documentos previo a la carga.

El costo va dirigido a quien le entregamos el servicio, por lo que se realiza siempre al acreedor.

Sin embargo, hay clientes que luego de pagada la comisión, le facturan los gastos de cobranza a su deudor haciendo referencia a la factura que nosotros emitimos por la comisión del servicio de cobranza.